Por: Ab.Edith Muriel Huertas
Jefe del Departamento de asuntos migratorios e inmobiliarios
Estimados Amigos y Clientes:
Mediante Decreto Ejecutivo No. 826, del 25 de julio del 2019, publicado en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No.5, de 26 de julio del 2019, se estableció el proceso para regularizar a ciudadanos venezolanos, cuyo plazo vence el 31 de marzo del 2020.
En razón del Decreto Ejecutivo Nro. 1017, mediante el cual se declara el Estado de Excepción en el Ecuador y que suspende la jornada laboral presencial y el desarrollo de eventos que congreguen personas, los procesos de amnistía migratoria y regularización de visas para ciudadanos venezolanos se encuentran suspendidos. En efecto, con el propósito de atender la crisis humanitaria que atraviesan los ciudadanos venezolanos en materia de movilidad, el Estado ecuatoriano considera importante realizar un reajuste al plazo de regularización. Así, se establece lo siguiente:
Se amplia el plazo de sesenta días adicionales, para que los ciudadanos venezolanos puedan regularizar su situación migratoria en el Ecuador, a través del censo y la obtención de una visa de residencia temporal de excepción, de esta forma se prorroga el plazo de amnistía migratoria y del proceso de regularización por motivos humanitarios, mencionados en el Decreto Ejecutivo No. 826 del 25 de julio del 2019
El plazo de los sesenta días serán contabilizados a partir de la terminación del Estado de Excepción
Así mismo, se ratifica la validez de los pasaportes de los ciudadanos venezolanos, hasta cinco años después de la fecha de caducidad de los mismos, por lo tanto serán válidos en todos los actos públicos y privados
Fotografía: Roger Arnold, ACNUR https://www.acnur.org/asilo-y-migracion.html
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