Ab. Isabella Zuquilanda Betancourt
Sub- Jefe Departamento Corporativo, Fusiones y Adquisiciones
Estimados Amigos y Clientes:
El Superintendente de Compañías, Valores y Seguro, mediante Resolución No. SCVS-INPAI-2021-0006, establece una prórroga del plazo previsto para la presentación de documentación, requerida en los artículos 20 y 23 de la Ley de Compañías y Capítulo II de la Codificación de Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y Seguros, hasta el 31 de mayo de 2021:
Las compañías constituidas en el Ecuador, sujetas a la vigilancia y control de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, enviarán a ésta:
Copias autorizadas del juego completo de los estados financieros (…)
La nómina de los administradores, representantes legales y socios o accionistas (…)
Los demás datos que se contemplaren en el reglamento.
Las compañías extranjeras que operen en el país deberán enviar:
Copias de los estados financieros de su sucursal o establecimiento en el Ecuador.
La nómina de los apoderados o representantes
Copia autorizada del anexo sobre el Movimiento Financiero de Bienes y Servicios, del ejercicio económico
Los demás datos que solicite la Superintendencia.
El Art. 5 de la Codificación de Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y Seguros, referente a el mantenimiento de la inscripción de los emisores nacionales, para mantener su inscripción en el Catastro Público del Mercado de Valores, que deberán presentar y divulgar la siguiente información: (…)
Estados financieros anuales auditados
Informe de la administración
Informe de comisarios.
La información adicional que la compañía considere necesaria.
Vigencia: La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
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