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Obligatoriedad de obtener el Certificado Fitosanitario de Exportación (CFE) ante AGROCALIDAD

Foto del escritor: Meythaler & Zambrano AbogadosMeythaler & Zambrano Abogados

Registro Oficial N° 30, 2 de septiembre de 2019.

 

Estimados Amigos y Clientes:


La Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario -AGROCALIDAD-, mediante resolución No. 0156, establece lo siguiente en relación con exportación de plantas, vegetales y demás artículos reglamentados:

Las personas naturales o jurídicas que deseen exportar plantas, productos vegetales y artículos reglamentados deberán obtener el Certificado Fitosanitario de Exportación (CFE) otorgado por AGROCALIDAD, sin perjuicio de que la Organización de Protección Fitosanitaria del país importador requiera o no de dicho certificado para la nacionalización del producto exportado desde nuestro país.
Para la emisión de los Certificados Fitosanitarios de Exportación (CFE) el operador deberá seguir el proceso de certificación fitosanitaria establecido por AGROCALIDAD, en cuanto al registro, inspección fitosanitaria del producto y solicitud de emisión del Certificado Fitosanitario de Exportación (CFE).

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