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Nuevos parámetros de semaforización para el período comprendido entre el 01 y 30 de junio de 2020

Por: Ab. Mary Mar Samaniego

Sub - Jefa Departamento de Penal

 

Estimados Amigos y Clientes:


Nos permitimos poner en su conocimiento que el Comité de Operaciones de Emergencia Nacional, mediante Resolución de sesión permanente de miércoles 27 de mayo de 2020, por unanimidad de los miembros plenos, resolvió modificar los parámetros de semaforización para el período de 01 a 30 de junio de 2020, conforme lo siguiente:


1. NORMAS OBLIGATORIAS A NIVEL NACIONAL, SIN IMPORTAR EL COLOR DE SEMÁFORO

  • Aislamiento obligatorio para mayores de 60 años y personas cuya condición médica los ponga en situación de vulnerabilidad frente al COVID19,

  • Uso obligatorio de mascarillas,

  • Prohibición de eventos públicos, eventos masivos y deportivos al aire libre,

  • Suspensión de clases presenciales en todo el territorio,

  • Cierre de fronteras terrestres,

  • Transporte interprovincial solamente para encomiendas,

  • Todos los establecimientos e industrias deben preparar protocolos de salud y prevención ante COVID19.


2. RESTRICCIONES SEGÚN EL COLOR DE SEMÁFORO

2.1 Rojo:

  • Horario de toque de queda de 18h00 a 05h00,

  • Vehículos particulares, incluído motos, circulan 2 días a la semana de lunes a viernes,

  • Taxis convencionales y ejecutivos, así como el transporte de carga liviana y mixta, podrán circular todos los días, conforme el último número de placa, par e impar,

  • Transporte institucional circula todos los días sin restricción de placa,

  • Transporte urbano, podrá circular cumpliendo el aforo y normas de bioseguridad establecidas por el GAD Municipal,

  • Se autoriza la consulta externa de todas las especialidades médicas,

  • Transporte interprovincial no puede circular,

  • Los profesionales del Derecho están autorizados a movilizarse con su credencial,

  • Se debe maximar la aplicación del teletrabajo, para las jornadas laborales.

2.2 Amarillo:

  • Horario de toque de queda de 21h00 a 05h00,

  • Vehículos particulares, incluido motos, circulan de lunes a sábado, pares e impares, conforme a su último dígito de la placa,

  • Taxis convencionales y ejecutivos, así como el transporte de carga liviana y mixta, podrán circular todos los días, conforme el último número de placa, par e impar,

  • Transporte institucional circula todos los días sin restricción de placa,

  • Transporte urbano circula al 50% de su aforo,

  • Transporte intraprovincial autorizado, entre cantones con el mismo color,

  • Transporte interprovincial únicamente, entre cantones de provincias colindantes con el mismo color,

  • Se permite la atención al público de restaurantes, con el 30% del aforo permitido,

  • Se deberá priorizar la aplicación del teletrabajo, para las jornadas laborales.

2.3 Verde:

  • Horario de toque de queda de 24h00 a 05h00,

  • El 70% de los vehículos particulares circulan de lunes a domingo,

  • Taxis convencionales y ejecutivos, así como el transporte de carga liviana y mixta, podrán circular todos los días,

  • Transporte institucional circula todos los días sin restricción de placa,

  • Transporte urbano circula al 50% de su aforo,

  • Transporte intraprovincial autorizado, entre cantones con el mismo color,

  • Transporte interprovincial únicamente, entre cantones de provincias colindantes con el mismo color; no puede circular a escala nacional,

  • Se permite la atención al público de restaurantes, con el 50% del aforo permitido,

  • Se deberá priorizar la aplicación del teletrabajo, para las jornadas laborales.

Para ver la resolución completa seguir el siguiente link: https://www.gestionderiesgos.gob.ec/wp-content/uploads/2020/05/27-MAYO-2020.pdf

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