top of page
Foto del escritorMeythaler & Zambrano

Nuevo Aplicativo para la Presentación de la Info. Financiera de las Compañías Sujetas a Control

Isabella Zuquilanda B.

 

El nuevo aplicativo para la presentación de la información financiera de las compañías sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, correspondiente a lo establecido en la Ley de Compañías y al Reglamento de Presentación de Información Financiera, establece que, dentro del primer cuatrimestre de cada año o según lo establezcan los períodos de presentación aprobados por la máxima autoridad o su delegado, las compañías deberán cumplir con lo siguiente:

  1. Presentación de documentos relativo a la Información Financiera: Esta información deberá presentarse dentro los tres meses posteriores a la finalización del año económico de la compañía, es decir, hasta el 30 de abril del 2023 ( Art. 124 de Ley de Compañías).

  2. En caso de no presentar la información financiera de las compañías dentro del plazo establecido, la sanción es de hasta doce salarios básicos unificados.

  3. Los documentos generales que deben subirse al sistema son:

    1. Los Estados Financieros de la compañía

    2. Los informes de los administradores de la compañía

    3. La nómina de los administradores, representantes legales y socios o accionistas, incluyendo tanto los propietarios legales como los beneficiarios efectivos.

    4. En el caso de compañías anónimas ecuatorianas que estuvieren registradas en una o más bolsas de valores nacionales, su nómina de accionistas deberá identificar a aquellos accionistas que tuvieren un porcentaje igual o superior al 10% de su capital.

    5. Estado de Situación Financiera y Estado de Resultado Integral. Si esta documentación no hubiere sido aprobada por la Junta General de socios o accionistas antes de la fecha máxima de presentación, el representante legal deberá incluirla con una declaración que acredite que la junta general no se ha instalado o, habiéndose instalado, no se ha pronunciado sobre la misma.

    6. Toda la información contable aplicable a la compañía.

  4. Declaración Juramentada: La Ley de Modernización de la Ley de Compañías establece que las compañías que no pudieron realizar la Junta General Ordinaria obligatoria en el primer trimestre del año en curso, pueden realizar una Declaración Juramentada notarizada que indique la razón. Dicha Declaración Juramentada puede sustiuir el Acta de Junta General correspondiente y podrá subirse al sistema en vez del Acta de Junta General.

  5. Declaración de Responsabilidad de la Información: Para este año, se ha incluido una sección de responsabilidad que recae sobre el Representante legal en cuanto a la información que se envía mediante el aplicativo ante la SCVS. (Art. 25 en concordancia con el Art. 460 de la Ley de Compañías.

Los formatos para la presentación de información se encuentran publicados en la Superintendencia de Compañías y podrán subirse directamente al aplicativo, mismo que creará los archivos correspondientes para cargarse al sistema.


¿Necesitas ayuda o una guía sobre el asunto?

Ponte en contacto con nosotros. Estaremos gustosos de atenderte.

Comments


aviso legal

Aviso Legal

El contenido de este blog se proporciona únicamente con fines informativos y educativos y no debe considerarse como asesoramiento legal.

 

La normativa en Ecuador está sujeta a modificaciones y actualizaciones que pueden afectar la aplicabilidad y precisión de los contenidos publicados aquí.

 

No garantizamos que la información presentada sea precisa, completa o actualizada en el momento de su lectura. Por lo tanto, no se debe interpretar que los posts pasados reflejan necesariamente la normativa vigente.

 

Recomendamos encarecidamente la consulta con nuestros abogados calificados para obtener asesoramiento específico y personalizado.

bottom of page