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Normas para la declaración y pago de las Contribuciones Temporales COVID-19

Ab. Gabriel Pinto

Jefe Departamento Tributario

 

Estimados Amigos y Clientes:


Nos permitimos poner a su conocimiento que la resolución RESOLUCIÓN Nro. NAC-DGERCGC21-00000062 del Servicio de Rentas Internas contiene las siguientes novedades tributarias :


La Directora del Servicio de Rentas Internas resuelve establecer normas para la declaración y pago de las Contribuciones Temporales para el Impulso Económico y Sostenibilidad Fiscal Post COVID-19, establecidas en el Libro I de la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la Pandemia COVID-19:

  1. Se aprueba el formulario 126 “Formulario Declaración y Pago para Contribuciones Temporales y para Régimen Impositivo Voluntario”, el cual tiene como objetivo utilizarlo para la liquidación y pago de las Contribuciones Temporales para el Impulso Económico y Sostenibilidad Fiscal Post COVID-1.

  2. Las personas naturales las declaraciones tributarias deben pagarse en el ejercicio fiscal 2022 y las sociedades en dos obligaciones tributarias a declararse y pagarse en los ejercicios fiscales 2022 y 2023.

  3. Desde el 01 de enero hasta el 31 de marzo de cada año, será el plazo para declarar y pagar la Contribución Temporal para el Impulso Económico Post Covid-19.

  4. Para el ejercicio fiscal 2022, el plazo para declarar y pagar la Contribución Única y Temporal será desde el 28 de marzo hasta al 31 de marzo de 2022.

  5. Las sociedades que se cancelaron entre el 29 de noviembre del 2021 y el 31 de marzo de 2022, deberán declarar y pagar la Contribución Única y Temporal del ejercicio fiscal 2022 y 2023 de manera anticipada,

Vigencia: La presente resolución entrará en vigencia a partir del 01 de enero de 2022.

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El contenido de este blog se proporciona únicamente con fines informativos y educativos y no debe considerarse como asesoramiento legal.

 

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