Ab. Gabriel Pinto
Jefe Departamento Tributario
Estimados Amigos y Clientes:
Nos permitimos poner a su conocimiento que la resolución RESOLUCIÓN Nro. NAC-DGERCGC21-00000062 del Servicio de Rentas Internas contiene las siguientes novedades tributarias :
La Directora del Servicio de Rentas Internas resuelve establecer normas para la declaración y pago de las Contribuciones Temporales para el Impulso Económico y Sostenibilidad Fiscal Post COVID-19, establecidas en el Libro I de la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la Pandemia COVID-19:
Se aprueba el formulario 126 “Formulario Declaración y Pago para Contribuciones Temporales y para Régimen Impositivo Voluntario”, el cual tiene como objetivo utilizarlo para la liquidación y pago de las Contribuciones Temporales para el Impulso Económico y Sostenibilidad Fiscal Post COVID-1.
Las personas naturales las declaraciones tributarias deben pagarse en el ejercicio fiscal 2022 y las sociedades en dos obligaciones tributarias a declararse y pagarse en los ejercicios fiscales 2022 y 2023.
Desde el 01 de enero hasta el 31 de marzo de cada año, será el plazo para declarar y pagar la Contribución Temporal para el Impulso Económico Post Covid-19.
Para el ejercicio fiscal 2022, el plazo para declarar y pagar la Contribución Única y Temporal será desde el 28 de marzo hasta al 31 de marzo de 2022.
Las sociedades que se cancelaron entre el 29 de noviembre del 2021 y el 31 de marzo de 2022, deberán declarar y pagar la Contribución Única y Temporal del ejercicio fiscal 2022 y 2023 de manera anticipada,
Vigencia: La presente resolución entrará en vigencia a partir del 01 de enero de 2022.
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