Integrantes del Comité Interinstitucional de la Subasta Inversa Corporativa
- Sheyla Cuenca

- 26 feb
- 3 Min. de lectura
El SERCOP emitió una norma interna que pone en orden cómo se toman y registran las decisiones en la Subasta Inversa Corporativa para la compra de fármacos y bienes estratégicos en salud. La Resolución Nro. R.E-SERCOP-2026-0002 define quién integra el Comité Interinstitucional, qué atribuciones tiene y cuáles son sus reglas de funcionamiento (sesiones, quórum, votaciones y actas), con el objetivo de uniformar la gestión del proceso y fortalecer la coordinación entre las entidades involucradas.
A continuación, se resumen los principales puntos de la norma.
Quiénes integran el Comité Interinstitucional
El Comité está conformado por representantes de tres instituciones:
la máxima autoridad del SERCOP (o su delegado), quien preside el Comité;
la máxima autoridad del Ministerio de Salud Pública (o su delegado); y
la o el Director General del IESS (o su delegado).
Además, participa un Secretario, designado por la Presidencia, que puede intervenir en las sesiones (tiene voz), pero no vota.
Qué puede hacer el Comité
La norma le asigna al Comité un rol central en el proceso de compras corporativas del sector salud. Entre sus principales funciones están:
revisar y aprobar los documentos que sirven de base para el procedimiento (por ejemplo, pliegos, fichas técnicas, estudios de mercado y precios referenciales);
hacer seguimiento a la ejecución de las órdenes de compra que generen las entidades de la RPIS;
pedir correcciones a las entidades contratantes cuando sea necesario;
emitir recomendaciones técnicas o económicas relacionadas con el procedimiento;
resolver problemas o situaciones que surjan en cualquier fase del proceso; y
emitir regulaciones necesarias para que el procedimiento se aplique correctamente.
En conJunto, estas atribuciones consolidan al Comité como el órgano que coordina y guía el modelo de compras corporativas en salud.
Cómo funciona y cómo se toman decisiones
La norma también define reglas prácticas para el trabajo del Comité, entre ellas:
debe realizar sesiones ordinarias al menos una vez cada tres meses, y extraordinarias cuando se requiera;
las sesiones pueden ser presenciales o virtuales, pero deben ser grabadas;
para instalar una sesión válidamente deben estar presentes al menos dos miembros, incluyendo obligatoriamente a quien preside el Comité;
las decisiones se toman por mayoría de votos; y
todo debe quedar documentado mediante actas, votaciones y respaldo documental, en un expediente físico o electrónico.
Por qué es relevante esta Resolución
Esta Resolución es importante porque:
fija reglas claras sobre cómo funciona el Comité Interinstitucional (quién lo integra, qué puede hacer y cómo actúa);
establece cómo se coordinarán SERCOP, Ministerio de Salud e IESS en aspectos clave como la revisión de documentos, el seguimiento de órdenes de compra y la emisión de regulaciones necesarias; y
define mecanismos formales de control, registro y seguimiento aplicables a las compras corporativas de fármacos y bienes estratégicos en salud.
Conclusiones
La Resolución fortalece la gobernanza del proceso de subasta inversa corporativa en salud al fijar reglas claras sobre quién decide, cómo decide y cómo se documenta cada actuación del Comité.
Al concentrar en el Comité la aprobación de documentos preparatorios y el seguimiento de órdenes de compra, se refuerza la coordinación interinstitucional durante todo el ciclo del proceso.
Las reglas obligatorias de sesiones, quórum, votación, actas y expediente buscan asegurar trazabilidad y control en la gestión de las compras corporativas de medicamentos y bienes estratégicos.
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