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Incentivo Tributario para la Devolución de Impuestos en Botellas Plásticas No Retornables

Ab. Gabriel Pinto

 

La Resolución Nro. NAC-DGERCGC-00860, emitida por el Servicio de Rentas Internas (SRI), establece una reforma en el sistema de devolución de impuestos relacionados con las botellas plásticas no retornables, en cumplimiento con el artículo 214 del reglamento para la aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno. Según el mencionado artículo, los embotelladores, importadores, recicladores y centros de acopio tienen la obligación de reembolsar a los consumidores el valor del impuesto pagado al momento de entregar las botellas.


El incentivo tributario consiste en aplicar una tarifa de hasta 0.02 USD por cada botella plástica gravada con dicho impuesto, según lo establece la Ley de Régimen Tributario Interno. Con esta reforma, se busca promover la recolección y retorno de las botellas plásticas no retornables, incentivando la participación tanto del sector público como del sector privado en la implementación de mecanismos de recolección adecuados. Estas medidas buscan contribuir a la protección del medio ambiente, fomentando la cultura del reciclaje y la reducción de residuos plásticos, al tiempo que se garantiza el cumplimiento de las obligaciones tributarias establecidas por la ley.


A partir del segundo semestre del ejercicio fiscal 2023, se implementará una nueva tabla para calcular la devolución correspondiente.

En casos donde no se pueda determinar el número exacto de botellas, se aplicará una fórmula específica: valor a devolver = KBP * M. La variable KBP representa el número de kilogramos de botellas recuperadas, mientras que M corresponde al monto en dólares de las botellas plásticas, el cual será fijado semestralmente por el SRI mediante resolución. Es importante destacar que la devolución del impuesto se realizará exclusivamente a los centros de acopio, recicladores, embotelladores e importadores certificados por el Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca.

 

¿Necesitas ayuda o una guía sobre cómo beneficiarte de estas reformas? Escríbenos a info@lmzabogados.com. Estaremos gustosos de atenderte.

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