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Equipo técnico especializado de seguimiento de casos de violencia de género de conmoción social

Foto del escritor: Meythaler & Zambrano AbogadosMeythaler & Zambrano Abogados

Registro Oficial N° 73, 5 de noviembre de 2019.

 

Estimada Red:


La Fiscal General del Estado, Dra. Diana Salazar Méndez, mediante resolución No.049 FGE-2019, ha resuelto conformar un equipo técnico especializado de seguimiento de casos de violencia de género de conmoción social, con personal capacitado y de experiencia en género y derechos humanos, bajo la dirección de la Gestión de Derechos Humanos y Participación Ciudadana.


El equipo técnico, tiene como finalidad:


Brindar seguimiento especializado y permanente a los casos de violencia de género de conmoción social, para garantizar el derecho al acceso a la justicia y tutela judicial efectiva, con énfasis en los grupos de atención prioritaria y sectores vulnerables de la sociedad, articulando con las instancias competentes.
Además, será responsable de coordinar y supervisar el correcto seguimiento y acompañamiento de los casos de violencia de género de conmoción social, articulando las acciones correspondientes para el cumplimiento de su objetivo con las Fiscalías Provinciales y con las siguientes Direcciones:
  1. Protección y Asistencia a Víctimas, Testigos y Otros;

  2. Control Jurídico y Evaluación de la Actuación Fiscal;

  3. Política Criminal;

  4. Capacitación y Fortalecimiento Misional;

  5. Investigación Civil; Investigación Policial;

  6. Estadísticas y Sistemas de Información;

  7. Tecnologías de la Información y Comunicaciones;

  8. Dirección de Comunicación y Promoción Institucional;

  9. Procesos y Calidad en la Gestión y Servicios; y,

  10. la Unidad de Atención de Peritaje Integral.


I. Cargos del equipo técnico especializado

  1. Realizar un monitoreo permanente en medios de comunicación de los casos de violencia de género que sean de conmoción social.

  2. Establecer una matriz de reporte de casos de violencia de género con la priorización que corresponda.

  3. Requerir a las Unidades Especializadas de Violencia de Género y Flagrancia a escala nacional, por medio de los Fiscales Provinciales y las Direcciones competentes de la Fiscalía General del Estado, información relevante para cumplir sus atribuciones.

  4. Elaborar diagnósticos, análisis, criterios técnicos, estrategias y planes de acción frente a los nudos críticos de los casos de violencia de género reportados.

  5. Articular y ejecutar acciones inter e intra-institucionales que permitan dar respuestas oportunas a las víctimas en sus casos específicos, previo informe técnico correspondiente y aprobación de la máxima autoridad de la Fiscalía General del Estado.

  6. Realizar un seguimiento integral de los casos de violencia y acompañamiento a las víctimas, disminuyendo los efectos de la victimización secundaria.

  7. Informar los resultados del seguimiento, acompañamiento y actividades que se generen en esta área a las autoridades respectivas y a la ciudadanía por medio de la Dirección de Comunicación de ser el caso, sin violar el principio de reserva, fortaleciendo el eje de transparencia de la Fiscalía General del Estado.

  8. Participar de mesas técnicas para fortalecer las acciones referentes a los casos de violencia de género, evitando la impunidad y revictimización; y,

  9. Ejercer las demás atribuciones, delegaciones y responsabilidades en el ámbito de su competencia, que le asignen las autoridades.

II. Responsable experto o experta en género


El equipo técnico tendrá un responsable experto o experta en género, quien, de ser necesario, podrá solicitar a los Fiscales Provinciales un informe sobre los casos de violencia de género que se identifiquen en cada una de las provincias, para efectuar un acompañamiento técnico al respecto. A su vez, los Fiscales Provinciales al momento de conocer una causa de violencia de género de conmoción social, deberán reportar al equipo técnico especializado de seguimiento de casos de violencia de género. Así mismo, el o la responsable deberá elaborar informes periódicos para conocimiento y supervisión del Director (a) de Derechos Humanos y Participación Ciudadana y la máxima autoridad de la institución.


¡OJO!
Para todos los casos de violencia de género el Fiscal Provincial, previo a la asignación de un Fiscal a una unidad o despacho; o antes del desplazamiento de un expediente a otro Fiscal, deberá contar con el informe del responsable del equipo técnico especializado de seguimiento de casos de violencia de género y aprobación de la máxima autoridad de la Fiscalía General del Estado


Esta Resolución entró en vigencia el 04 de octubre de 2019, independientemente de la fecha de publicación en el Registro Oficial.


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