BOLETÍN INFORMATIVO No. 178
Quito D.M., 18 de marzo 2019
Oficio No. MZ-0642-2019
Estimados Clientes y Amigos:
El Ministro de Trabajo reforma el Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2018-0065, mediante el cual se expide el instructivo para el pago de la participación de utilidades, estableciendo lo siguiente:
Art. 1.- Sustitúyase la redacción de la Disposición General Primera del Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2018-0065, por la siguiente:
“Para el cálculo de la participación de utilidades, se considerará el período anual de trescientos sesenta y cinco (365) días, incluidas las vacaciones y feriados; y, la jornada laboral mensual equivalente a doscientas cuarenta (240) horas.”
El Ministerio del Trabajo a través de la Dirección de Control e Inspecciones deberá coordinar la interoperabilidad de los sistemas para efectos de control en el ámbito de sus competencias”.
El presente Acuerdo Ministerial está en vigencia a partir del 18 de enero de 2019.
Sin otro particular por el momento, me suscribo con un cordial saludo.
Atentamente,
Ab. Beatriz Meythaler Meythaler & Zambrano Abogados
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