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El Ministerio del Trabajo reforma el Instructivo para el pago de la participación de utilidades

BOLETÍN INFORMATIVO No. 178

 

Quito D.M., 18 de marzo 2019

Oficio No. MZ-0642-2019


Estimados Clientes y Amigos:

El Ministro de Trabajo reforma el Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2018-0065, mediante el cual se expide el instructivo para el pago de la participación de utilidades, estableciendo lo siguiente:


Art. 1.- Sustitúyase la redacción de la Disposición General Primera del Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2018-0065, por la siguiente:


Para el cálculo de la participación de utilidades, se considerará el período anual de trescientos sesenta y cinco (365) días, incluidas las vacaciones y feriados; y, la jornada laboral mensual equivalente a doscientas cuarenta (240) horas.”


El Ministerio del Trabajo a través de la Dirección de Control e Inspecciones deberá coordinar la interoperabilidad de los sistemas para efectos de control en el ámbito de sus competencias”.


El presente Acuerdo Ministerial está en vigencia a partir del 18 de enero de 2019.


Sin otro particular por el momento, me suscribo con un cordial saludo.


Atentamente,

Ab. Beatriz Meythaler Meythaler & Zambrano Abogados

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