Por: Ab. Gabriel Pinto Navarrete
Jefe Departamento Tributario
Estimados Amigos y Clientes:
El Servicio de Rentas Internas, mediante Resolución No. NAC-DGERCGC20-0000002915 de 14 abril de 2020, ha dispuesto ampliar el plazo para la presentación de la declaración del Impuesto al Valor Agregado de marzo 2020 y reformar la resolución No. NAC-DGERCGC20-00000025, en las que se realizan las siguientes consideraciones:
1. Todos los sujetos pasivos, por única vez, podrán efectuar la declaración y pago del impuesto de IVA del período marzo 2020, a ser presentado en el mes de abril de 2020, en los plazos previstos en el siguiente calendario:
2. Se sustituye el calendario establecido en la Resolución No. NAC-DGERCGC20-00000025, del 01 de abril de 2020, respecto de los plazos de presentación de la declaración del Impuesto a la Renta de sociedades del ejercicio fiscal 2019 para todos los sujetos pasivos, excepto instituciones sin fines de lucro e instituciones del Estado, por el siguiente calendario:
3. No obstante, la falta de presentación, el cumplimiento tardío o la presentación de las declaraciones con errores en la información generarán las multas que correspondan en aplicación a la normativa tributaria.
Vigencia.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su suscripción (14 de abril de 2020), sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
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