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Declaración estado de excepción por 60 días adicionales

Foto del escritor: Meythaler & Zambrano AbogadosMeythaler & Zambrano Abogados

Por: Ab. Gabriel Pinto

Jefe Departamento Tributario

 

Estimados Amigos y Clientes:

La Presidencia de la República mediante Decreto Ejecutivo No. 1074 declaró por 60 días el estado de excepción por calamidad pública en todo el territorio nacional, ante esto se dispone lo siguiente:

  1. Ordénese la movilización del Ministerio de Salud, Fuerzas Armadas, Ministerio de Economía y Finanzas, Ministerio de Agricultura y Ganadería, Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca; y, Ministerio de Trabajo, con el objeto que se ahonden esfuerzos en sus áreas de competencia para que se busque una reactivación productiva garantizando el bienestar colectivo.

  2. Suspender el ejercicio de la libertad de tránsito, asociación y reunión en todo el territorio nacional. El Comité de Operaciones de Emergencia Nacional dispondrá los horarios y mecanismos de restricciones con base al color de semáforo que adopte cada Gobierno Autónomo Descentralizado en el ámbito de sus competencias.

  3. Declárese toque de queda en todo el territorio nacional, con base a los horarios que determine el Comité de Operaciones de Emergencia Nacional considerando el color de semáforo que adopte cada Gobierno Autónomo Descentralizado en el ámbito de sus competencias.

  4. El Comité de Operaciones de Emergencia Nacional considerando el color de semáforo que adopte cada Gobierno Autónomo Descentralizado en el ámbito de sus competencias, dispondrá limitará la libertad de asociación y reunión respecto a eventos de afluencia y congregación masiva a nivel nacional.

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