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Un Día Adicional de Vacaciones por Participar en Juntas Receptoras de Voto

Ab. Cristina Guarderas B.

Co-Jefe Departamento Laboral

 

Estimados amigos y clientes,

Queremos recordarles que, de acuerdo al Acuerdo Ministerial No.MDT-2021-010 del Ministerio del Trabajo, aquellos de ustedes que participen en juntas receptoras del voto durante la jornada electoral tienen derecho a un día extra de vacaciones.

¿Cómo obtenerlo?

  • Simplemente presenten al equipo de recursos humanos el documento emitido por el Consejo Nacional Electoral que confirma su participación en la junta receptora del voto.

Plazo

  • Recuerden que tienen hasta 30 días hábiles después de la jornada electoral para aprovechar este beneficio. Si no lo utilizan en ese período, lamentablemente se perderá.

Una gran Ventaja

  • Esta recompensa adicional no afectará en absoluto su salario, vacaciones ni ningún otro beneficio legal que ya disfruten como empleados.

Para acceder al Acuerdo Ministerial completo, hagan clic aquí. Si tienen preguntas, ¡estamos aquí para ayudar!

Saludos,

Ab. Cristina Guarderas B.

cguarderas@lmzabogados.com

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