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Corte Constitucional anula decreto presidencial sobre recaudación tributaria y lavado de activos: Sentencia Nro. 94-24-IN/25

Foto del escritor: Gabriel PintoGabriel Pinto

En un fallo de impacto para el sistema tributario ecuatoriano, la Corte Constitucional ha declarado inconstitucional el Decreto-Ley Nro. 477, titulado "Ley Orgánica para la Mejora Recaudatoria a través del Combate al Lavado de Activos". La sentencia Nro. 94-24-IN/25, emitida el 23 de enero de 2025, pone fin a esta normativa debido a irregularidades en su proceso de aprobación, reforzando la separación de poderes y la legalidad en la imposición de tributos.


Este fallo no solo frena la aplicación de nuevos impuestos, como el Impuesto a la Transferencia de Vehículos Usados, sino que también podría dar lugar a reclamaciones y devoluciones tributarias. Además, sienta un precedente clave sobre los límites del Ejecutivo en la emisión de decretos con fuerza de ley.


Antecedentes del caso

El Decreto-Ley Nro. 477 fue emitido por la Presidencia de la República el 10 de diciembre de 2024 y publicado en el Registro Oficial. Su objetivo era mejorar la recaudación tributaria y combatir el lavado de activos. Sin embargo, poco después, se presentó una demanda ante la Corte Constitucional, cuestionando la legalidad de este decreto. El 23 de enero de 2025, la Corte emitió la Sentencia Nro. 94-24-IN/25, en la que declaró inconstitucional el Decreto-Ley Nro. 477. Esto significó que la norma quedó sin efecto y dejó de aplicarse.


Implicaciones tributarias de la sentencia

La decisión de la Corte Constitucional de declarar inconstitucional el Decreto-Ley Nro. 477 implica lo siguiente:

  1. La anulación del Impuesto a la Transferencia de Vehículos Usados, que afectaba el comercio de automóviles de segunda mano destinados al transporte terrestre.

  2. Reclamos y devoluciones tributarias: Los impuestos recaudados bajo esta norma carecen de base legal. Esto podría generar solicitudes de devolución de tributos, reclamaciones administrativas y litigios por parte de los contribuyentes afectados.

  3. Refuerzo del principio de legalidad tributaria: La sentencia reafirma que no se pueden imponer impuestos sin seguir el procedimiento legislativo adecuado. Esto evita que el Ejecutivo establezca tributos mediante decretos sin aprobación de la Asamblea Nacional.

  4. Impacto en la planificación fiscal: Empresas y contribuyentes que habían adaptado sus estrategias tributarias con base en el decreto ahora deben ajustarse nuevamente a la normativa previa, lo que puede implicar cambios en sus obligaciones fiscales y operativas.


Fundamentos jurídicos de la Sentencia

La Corte Constitucional anuló el decreto por cuatro razones principales:

  1. Violación del Artículo 140 de la Constitución: El Presidente no puede emitir un decreto-ley si la Asamblea Nacional ya lo ha rechazado, y en este caso, la Asamblea sí se pronunció en contra.

  2. Falta de Seguridad Jurídica (Artículo 82 CRE): Al aprobarse sin seguir el procedimiento constitucional, la norma generaba incertidumbre legal y afectaba la estabilidad del sistema jurídico.

  3. Incumplimiento del Principio de Unidad de Materia (Artículo 136 CRE): La ley incluía temas no relacionados entre sí, lo que iba en contra de la exigencia de que toda norma tenga un propósito claro y coherente.

  4. Violación del Principio de Separación de Poderes: El Ejecutivo intentó imponer una ley sin respetar la decisión de la Asamblea, afectando la independencia entre las funciones del Estado.


Conclusiones

Para empresas y contribuyentes, la declaración de inconstitucionalidad del Decreto-Ley Nro. 477 tiene implicaciones directas en sus obligaciones tributarias y estrategias fiscales. Con la eliminación del Impuesto a la Transferencia de Vehículos Usados, quienes pagaron este tributo pueden evaluar la posibilidad de solicitar devoluciones o ajustes ante el Servicio de Rentas Internas (SRI).


Además, esta sentencia reafirma la seguridad jurídica en materia fiscal, asegurando que ningún tributo puede ser impuesto sin el debido proceso legislativo. Esto es clave para la planificación financiera y fiscal de las empresas, que ahora deberán ajustar sus estrategias conforme a la normativa vigente antes de la expedición del decreto anulado.


¿Cómo podemos ayudar?

Ante este escenario, contar con asesoría legal y tributaria es fundamental para:

  • Evaluar si corresponde solicitar devoluciones o compensaciones de impuestos ya pagados.

  • Impugnar cobros indebidos ante las autoridades tributarias.

  • Asegurar el cumplimiento de la normativa tributaria vigente y evitar riesgos legales.


Las empresas y contribuyentes interesados en revisar su situación fiscal pueden contactarnos para guiarlos en la presentación de reclamos administrativos o estrategias de optimización fiscal tras este fallo.



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