top of page

Conozca formulario y régimen de impuesto a la renta para Microempresas

Ab. Gabriel Pinto Navarrete

Jefe Departamento Tributario

 

Estimados Amigos y Clientes:


Nos permitimos poner en su conocimiento que la Directora General del Servicio de Rentas Internas, mediante Resolución NAC-DGERCGC21-00000002 de 06 de enero de 2021, ha dispuesto aprobar el formulario No. 125 para la declaración y pago semestral del impuesto a la renta de los contribuyentes sujetos al régimen impositivo para microempresas, de la cual destacamos:


  • El formulario No. 125 y su instructivo correspondiente se encuentra en el portal web del Servicio de Rentas Internas.

  • Por única vez y sin que se generen multas ni intereses, quienes estén sujetos al régimen impositivo para microempresas y cuyo noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes sea 1, 2 o 3, podrán presentar la declaración y efectuar el pago del impuesto a la renta correspondiente al primer y segundo semestre del ejercicio fiscal 2020 dentro de las fechas señaladas en el siguiente cuadro:

  • Por única vez y sin que se generen multas ni intereses, quienes estén sujetos al Régimen Impositivo para Microempresas y hayan sido calificados como contribuyentes especiales por el Servicio de Rentas Internas podrán presentar la declaración y efectuar el pago del impuesto a la renta correspondiente al primer y segundo semestre del ejercicio fiscal 2020 hasta el 19 de enero de 2021.

  • Se presentarán en forma acumulada las declaraciones del impuesto a la renta de los contribuyentes sujetos al Régimen Impositivo para microempresas correspondientes al primer y al segundo semestre del ejercicio fiscal 2020,

Vigencia.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.

Kommentare


aviso legal

Aviso Legal

El contenido de este blog se proporciona únicamente con fines informativos y educativos y no debe considerarse como asesoramiento legal.

 

La normativa en Ecuador está sujeta a modificaciones y actualizaciones que pueden afectar la aplicabilidad y precisión de los contenidos publicados aquí.

 

No garantizamos que la información presentada sea precisa, completa o actualizada en el momento de su lectura. Por lo tanto, no se debe interpretar que los posts pasados reflejan necesariamente la normativa vigente.

 

Recomendamos encarecidamente la consulta con nuestros abogados calificados para obtener asesoramiento específico y personalizado.

bottom of page