Ab. Pamela González M.
Departamento Tributario
Estimados Amigos y Clientes:
La Directora General del Servicio de Rentas Internas dispone expedir los coeficientes de carácter general de estimación presuntiva de impuesto a la renta por ramas de actividad económica para el ejercicio fiscal 2020. Señalamos los siguientes 5 puntos relevantes sobre el asunto:
1. Se determina los coeficientes de estimación presuntiva de impuesto a la renta por ramas de actividad, misma que distingue hasta 96 subgrupos con sus respectivos valores. (Detalle de cada uno en el Anexo de la Resolución NAC-DGERCGC22-000000004.
2. Las actividades que no cuenten con un coeficiente específico, deben aplicar lo siguiente:
Para el total de ingresos | Para el total de costos y gastos | Para el total de activos |
0,2542 | 0,3408 | 0,3980 |
Los coeficientes se aplicarán multiplicándolos por los rubros de:
a. Total de activos
b. Total de ingresos
c. Total de costos y gastos, según corresponda.
d. Se escogerá el mayor de los resultados para efecto de la determinación presuntiva.
3. Cuando se ejerza más de una actividad económica, la aplicación de los coeficientes de determinación presuntiva se realizará por cada actividad, constituyéndose como base imponible global la suma total de rentas determinadas presuntivamente.
4. ¡IMPORTANTE! Los coeficientes establecidos no serán aplicables respecto de aquellas actividades económicas para las cuales la Ley de Régimen Tributario Interno ha establecido un tratamiento específico para determinar presuntivamente la base imponible y el impuesto a la renta causado, así como para aquellas actividades económicas que cuenten con un impuesto a la renta único, o al régimen RIMPE.
5. Vigencia. - La citada Resolución NAC-DGERCGC22-000000004, de 24 de enero de 2022, entraró en desde su publicación en el Registro Oficial y será aplicable respecto del ejercicio fiscal 2020.
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