top of page
Foto del escritorMeythaler & Zambrano

Rangos de las tablas establecidas para liquidar el impuesto a la renta.


BOLETÍN INFORMATIVO NO. 161


Rangos de las tablas establecidas para liquidar el impuesto a la renta de las personas naturales, sucesiones indivisas, incrementos patrimoniales provenientes de herencias, legados, donaciones, hallazgos y todo tipo de acto o contrato por el cual se adquiera el dominio a título gratuito, de bienes y derechos para el período fiscal 2019


Quito D.M., 16 de enero 2019

Oficio No. MZ-0073-2019


Estimados Amigos y Clientes:


El Registro Oficial No. 396, de 28 de diciembre de 2018, publica la Resolución del Servicio de

Rentas Internas – SRI, No. NAC-DGERCGC18-0439, por la cual se actualizan los rangos de las

tablas establecidas para liquidar el impuesto a la renta de las personas naturales, sucesiones

indivisas, incrementos patrimoniales provenientes de herencias, legados, donaciones, hallazgos y

todo tipo de acto o contrato por el cual se adquiera el dominio a título gratuito, de Bienes y

derechos para el período fiscal 2019.


A continuación, exponemos el contenido relevante:


i. Finalidad: establecer los rangos de las tablas para liquidar el impuesto a la renta, a partir de la variación anual del índice de Precios al Consumidor de Área Urbana dictado por el INEC en noviembre de 2018, de las personas naturales, sucesiones indivisas, incrementos patrimoniales provenientes de herencias, legados, donaciones, hallazgos y todo tipo de acto o contrato por el cual se adquiera el dominio a título gratuito, de bienes y derechos para el período fiscal 2019.


ii. Personas naturales y sucesiones indivisas: Los rangos de la tabla prevista en el literal a) del Art. 36 de la Ley de Régimen Tributario Interno para la liquidación del impuesto a la renta para los ingresos percibidos por las personas naturales y sucesiones indivisas correspondientes al ejercicio fiscal 2019, son los siguientes:



iii. Herencias, legados, donaciones, hallazgos y todo tipo de acto o contrato por el cual se adquiera el dominio a título gratuito, de bienes y derechos: Los rangos de la tabla prevista en el literal d) del Art. 36 de la Ley de Régimen Tributario Interno para la liquidación del impuesto a la renta por incrementos patrimoniales provenientes de herencias, legados, donaciones, hallazgos y todo tipo de acto o contrato por el cual se adquiera el dominio a título gratuito, de bienes y derechos, correspondientes al ejercicio fiscal 2019, son los siguientes:



DISPOSICIÓN FINAL. -


La presente Resolución entrará en vigencia a partir del primero de enero de 2019, independientemente de su publicación en el Registro Oficial.


Sin otro particular por el momento, me suscribo con un cordial saludo.


Atentamente,


Ab. Beatriz Meythaler Galarza

Gerente Jurídico

MEYTHALER & ZAMBRANO ABOGADOS

Comments


aviso legal

Aviso Legal

El contenido de este blog se proporciona únicamente con fines informativos y educativos y no debe considerarse como asesoramiento legal.

 

La normativa en Ecuador está sujeta a modificaciones y actualizaciones que pueden afectar la aplicabilidad y precisión de los contenidos publicados aquí.

 

No garantizamos que la información presentada sea precisa, completa o actualizada en el momento de su lectura. Por lo tanto, no se debe interpretar que los posts pasados reflejan necesariamente la normativa vigente.

 

Recomendamos encarecidamente la consulta con nuestros abogados calificados para obtener asesoramiento específico y personalizado.

bottom of page