top of page
Foto del escritorMeythaler & Zambrano Abogados

Ampliación de plazo de ejecución de garantías aduaneras por pago garantizado de tributo

Por: Ab. Gabriel Pinto Navarrete

Jefe Departamento Tributario

 

Estimados Amigos y Clientes:

Nos permitimos poner en su conocimiento que, mediante Resolución Nro. SENAE-SENAE-2020-0021-RE, el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador ha dispuesto que, mientras dure el estado de excepción, se aplique lo siguiente:

  1. Que en las nacionalizaciones que se realizan mediante la modalidad de pago garantizado, en lo que refiere al plazo para que se ejecute la garantía que ampara la nacionalización, se incrementa de 20 a 40 días, período en el que igualmente se generan intereses por la falta de pago, pero no se ejecutará la garantía hasta el día 40.

  2. Que por una única vez el incumplimiento del pago de las obligaciones tributarias, sin perjuicio de proceder con la ejecución de la garantía, no extinguirá el derecho del importador del beneficio de nacionalizar mercadería mediante la modalidad de pago garantizado.

  3. Que todas las cuotas de facilidades de pago que tengan fecha de vencimiento los días que dure la emergencia sanitaria, se restructurarán de oficio y se procederá al cálculo de intereses.

  4. Que aquellos usuarios cuyas facilidades de pago fueron revocadas en razón de incumplimientos que se hubieren cometido durante la vigencia de la declaratoria de estado de excepción, se les permitirá presentar hasta el 15 de mayo del 2020, una nueva solicitud de facilidades de pago

Vigencia.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su suscripción (01 de abril de 2020), sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.


Comments


aviso legal

Aviso Legal

El contenido de este blog se proporciona únicamente con fines informativos y educativos y no debe considerarse como asesoramiento legal.

 

La normativa en Ecuador está sujeta a modificaciones y actualizaciones que pueden afectar la aplicabilidad y precisión de los contenidos publicados aquí.

 

No garantizamos que la información presentada sea precisa, completa o actualizada en el momento de su lectura. Por lo tanto, no se debe interpretar que los posts pasados reflejan necesariamente la normativa vigente.

 

Recomendamos encarecidamente la consulta con nuestros abogados calificados para obtener asesoramiento específico y personalizado.

bottom of page