Jefe Departamento de Inversión Extranjera
Estimados amigos y clientes:
Queremos informarles sobre el Decreto Ejecutivo 928, emitido por la Presidencia de la República y publicado en el Registro Oficial Suplemento 444 el 24 de noviembre de 2023. Este decreto establece el Reglamento General de la Ley Orgánica para impulsar la economía violeta. Las normas contenidas en este reglamento son de aplicación obligatoria tanto para el Estado como para personas naturales y jurídicas que operen en el territorio ecuatoriano, dentro de sus responsabilidades y competencias.
Una de las nuevas disposiciones importantes es la que establece un plazo para que todas las sociedades bajo el control y supervisión de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros cuenten con al menos un miembro de género femenino en la conformación de su directorio.
ASPECTOS SOCIETARIOS A TOMAR EN CUENTA
Aquí describimos los 3 aspectos societarios importantes que deben tenerse en cuenta:
1. Conformación del Directorio de toda especie de compañía que prevea en su Estatuto Social un Directorio de 3 o más miembros
A partir del 20 de enero de 2023, con la publicación en el Registro Oficial de la Ley Orgánica para impulsar la economía violeta, se estableció que en todas las compañías sujetas al control y supervisión de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, que tengan un Directorio conformado por 3 o más miembros según lo establecido en sus estatutos sociales, al menos uno de ellos debe ser de género femenino al momento de su constitución. Es importante destacar que, hasta el 24 de noviembre de 2023, fecha en que se emitió el Reglamento de esta ley, había incertidumbre sobre el plazo para que estas compañías cumplieran con esta disposición legal.
2. Plazo con el que cuenta una sociedad para conformar su Directorio con al menos una integrante de género femenino:
Una sociedad tiene hasta el 31 de diciembre de 2024 para conformar su Directorio con al menos una integrante de género femenino, según lo establece la Disposición Transitoria cuarta del Reglamento General a la Ley Orgánica para impulsar la economía violeta.
3. Posibles consecuencias en caso de incumplimiento:
En caso de incumplimiento con esta disposición antes de diciembre de 2024, la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros tiene la facultad de sancionar a la compañía con una multa que podría llegar hasta doce salarios mínimos vitales generales. Si la compañía persiste en su incumplimiento, la Superintendencia podría tomar medidas más drásticas y declarar la disolución de pleno derecho de la compañía por incumplimiento a la ley. Es importante que las compañías se aseguren de cumplir con esta disposición dentro del plazo establecido para evitar posibles sanciones y consecuencias legales.
Estamos aquí para ayudarlo
En caso de requerir ampliación de la información en el presente boletín contactarse a info@lmzabogados.com
Además, queremos informarles que nuestro equipo legal en Meythaler & Zambrano Abogados está a su disposición para brindar asesoramiento y apoyo en el cumplimiento de esta importante obligación legal.
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