Meythaler & Zambrano

24 de dic de 20201 min.

Operación de Aeronaves Pilotadas a Distancia

Ab. Ofelia Vera Lara

Jefe Departamento Ambiental


Estimados Amigos y Clientes:

Nos permitimos poner en su conocimiento que la Aviación Civil publicó la Resolución No. DGAC-DGAC-2020-0110-R, en el Registro Oficial Tercer Suplemento No. 355 el 22 de diciembre de 2020, mediante la cual se ha dispuesto lo que sigue:

Aprobar la modificación al Reglamento que norma la ¨Operación de Aeronaves Pilotadas a Distancia (RPAs)¨ que fue aprobada mediante Resolución Nro. DGAC-DGAC-2020-0074-R de 30 de agosto de 2020, conforme el Reglamento modificado que forma parte de esta Resolución.
Mantener el plazo de 3 meses establecido en el artículo 3 de la Resolución Nro. DGAC-DGAC-2020-0074-R, para la socialización e implementación del Reglamento que norma la ¨Operación de Aeronaves Pilotadas a Distancia (RPAs)¨ modificado en la presente Resolución.
Durante el plazo mencionado, las direcciones administrativas involucradas en esta reglamentación, deberán elaborar o adecuar los formatos relacionados con las solicitudes, formularios, autorizaciones y demás documentos.
Encargados: La Subdirección General de Aviación Civil será la encargada de la ejecución, control y aplicación de la presente Resolución
Disposición Transitoria: Los trámites administrativos que se encuentren en desarrollo ante la Dirección General de Aviación Civil bajo la Resolución Nro. DGAC-DGAC-2020-0074-R, deberán sustanciarse hasta su conclusión de acuerdo a los procedimientos establecidos en el Reglamento aprobado en esta Resolución.

Vigencia: La presente Resolución entrara en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.