Meythaler & Zambrano

27 de may de 20202 min.

Creación de Comisión Técnica de Bienes Estratégicos en Salud

Por: Ab. Daniela Bedoya M.

Jefe Departamento de Contratación Pública


Estimados Amigos y Clientes:

El 20 de mayo de 2020, el Ministerio de Salud Pública, a través del Acuerdo Ministerial No. 00010-2020, dispuso la creación de una Comisión Técnica de Bienes Estratégicos en Salud.

A continuación, una síntesis de las funciones y responsabilidades de dicha comisión:

1. Objetivo y atribuciones: La Comisión Técnica de Bienes Estratégicos en Salud analizará y actualizará periódicamente la lista de bienes estratégicos en salud, considerados éstos como dispositivos médicos que forman parte de la Lista de Dispositivos Médicos Esenciales. Estos son definidos por la Autoridad Sanitaria Nacional, y son los necesarios para garantizar la prestación permanente de servicios de salud a la población ecuatoriana. Entre sus atribuciones, contempla:

  • Actualizar la lista de bienes estratégicos en salud.

  • Publicar periódicamente dicha lista en la página web del Ministerio de Salud.

  • Mantener sesiones de trabajo.

2. Conformación:

  1. Subsecretario/a Nacional de Gobernanza de la Salud (preside)

  2. Directora/a Nacional de Medicamentos y Dispositivos Médicos o su delegado/a

  3. Director/a del Seguro General de Salud Individual y Familiar del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social-IESS o su delegado/a.

  4. Director/a Nacional de Salud de la Policía Nacional o su delegado/a.

  5. El/la Director/a de Gobernanza de Salud y Sanidad Militar de las Fuerzas Armadas o su delegado/a.

  6. Director/a Nacional de Estrategias de Prevención y Control- MSP o su delegado/a.

  7. Un/una profesional relacionado/a al manejo de dispositivos médicos delegado/a por parte de la Dirección Nacional de Medicamentos y Dispositivos Médicos, quien actuará como secretario/a técnico/a.

Además, la Comisión podrá invitar expertos y conformar los grupos de trabajo que sean necesarios.

3. Funcionamiento:

  • Convocatorias a sesiones realizadas a través de Secretaría, deberán realizar al menos con 3 días hábiles de anticipación a la fecha de sesión.

  • El quórum mínimo será de al menos la mitad más uno de sus miembros.

  • Los acuerdos constarán en un acta de cada sesión.

Es importante destacar que la Disposición General del Acuerdo Ministerial manda que los miembros de la Comisión Técnica de Bienes Estratégicos en Salud firmen un acuerdo de confidencialidad y una declaración de no tener conflictos de interés, a fin de evitar perjuicios a los proveedores.

El Acuerdo expuesto, en el siguiente enlace.